Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Protección constitucional
- Contenido y alcance
- Verificación y evaluación de niveles de cumplimiento de las órdenes impartidas en favor de la comunidad Wayuú el marco de la Sentencia T-302 de 2017
- Nivel de cumplimiento bajo
- Acciones del Estado para superar la problemática por vulneración en el goce efectivo de los derechos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302/17 declara el CUMPLIMIENTO BAJO del objetivo constitucional mínimo quinto, establecido como “mejorar la información disponible para la toma de decisiones por todas las autoridades competentes para realizar acciones tendientes a la superación del estado de cosas inconstitucional”, contenido en la orden cuarta del precitado fallo.
Lo anterior, por los bloqueos institucionales evidenciados en la falta de cumplimiento a las fechas establecidas en los cronogramas para la divulgación de los resultados contemplados por las obligadas para este objetivo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. DECLARAR el cumplimiento bajo de la orden cuarta en cuanto a la adopción del objetivo constitucional mínimo
- quinto. de mejorar la información disponible para la toma de decisiones por todas las autoridades competentes para realizar acciones tendientes a la superación del estado de cosas inconstitucional.
- Segundo. ORDENAR a la Consejería Presidencial para las Regiones, para que, en su función de coordinadora del Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas (MESEPP), poner en marcha el Sistema de Información ordenado en la Sentencia T-302 de 2017 en los términos de los fundamentos jurídicos 68 y 69 de la presente providencia. Para ello contará con un plazo de tres (3) meses.
- Tercero. ORDENAR a la Consejería Presidencial para las Regiones, para que, en su función de coordinadora del Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas (MESEPP), rinda a esta Sala un informe de conformidad con lo expuesto en el fundamento jurídico 70 del presente auto. Para ello contará con un plazo de tres (3) meses.
- Para la elaboración del informe, la Consejería Regional para las Regiones deberá contar con todas las entidades, del orden nacional, territorial, público y privado que cuenten con la información para elaborar el respectivo informe, en el que deberá relacionar qué entidades concurrieron y cuáles, a pesar de ser convocadas, no asistieron a las reuniones y/o no entregaron la información correspondiente o lo hicieron de manera tardía o deficiente.
- Cuarto. Ordenar al MESEPP adelantar las gestiones necesarias dirigidas a garantizar la recolección de la información sobre las condiciones de vida de cada familia en la que haya fallecido una niña o un niño Wayuu, de acuerdo con lo descrito en el fundamento jurídico 71 de la presente providencia.
- Quinto. COMPULSAR COPIAS de esta decisión y de la carpeta que contiene las respuestas al auto del 31 de octubre de 2023 a la Procuraduría General de la Nación, para que adelante las diligencias correspondientes, relacionadas con la posible falta en la que pudieron haber incurrido las y/o los funcionarios de la Alcaldía de Maicao, por no responder los interrogantes planteados en dicha providencia.
- Sexto. ADVERTIR a las entidades obligadas al cumplimiento de esta providencia que el incumplimiento de las órdenes aquí dispuestas podrá generar la aplicación de medidas coercitivas, de conformidad con el Auto 480 de 2023.
- Séptimo. Librar por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional
- las comunicaciones correspondientes, adjuntando copia de este proveído.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.